Reforma laboral en Argentina: nuevas opciones para indemnizaciones por despido

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El gobierno argentino ha dado un paso significativo en la implementación de la Ley de Reforma Laboral al reglamentar el Fondo de Cese Laboral, un sistema alternativo a las tradicionales indemnizaciones por despido contempladas en la Ley de Contrato de Trabajo. Esta nueva modalidad busca ofrecer mayor flexibilidad a empleadores y empleados, permitiéndoles optar por un sistema que se ajuste mejor a las características de cada sector, similar al régimen que actualmente opera en la construcción.

El fondo, que fue reglamentado oficialmente el pasado miércoles a través de su publicación en el Boletín Oficial, ha sido fruto de extensas negociaciones entre el gobierno, el sector empresarial y los sindicatos. A continuación, se detallan los aspectos más relevantes de esta reforma y cómo afectará a los trabajadores y empleadores.

Un Sistema Optativo y Consensuado

Uno de los puntos más destacados de la reglamentación es que el Fondo de Cese Laboral es una opción alternativa al sistema indemnizatorio tradicional y solo podrá implementarse si se negocia en el marco de las convenciones colectivas de trabajo. Según el artículo 6° de la reglamentación, “los empleadores y trabajadores tendrán la posibilidad de sustituir la indemnización por antigüedad prevista en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744”, permitiendo a las partes involucradas optar por un nuevo sistema de compensación en caso de despido.

Esto significa que el fondo no será obligatorio, sino voluntario, lo que garantiza que los trabajadores que prefieran seguir con el sistema actual puedan hacerlo. Sin embargo, aquellos que deseen optar por este nuevo modelo podrán hacerlo mediante un acuerdo mutuo con su empleador, siempre en el marco de un Convenio Colectivo de Trabajo.

Características del Fondo de Cese Laboral

El Fondo de Cese Laboral funcionará de manera similar al régimen que ya opera en el sector de la construcción, donde los trabajadores reciben una compensación por cese de la relación laboral debido a la alta rotación de personal. Este nuevo sistema ofrece algunas ventajas, como la posibilidad de definir de manera precisa las causales y condiciones bajo las cuales se abonará una prestación dineraria al trabajador al extinguirse la relación laboral. Además, establece los montos y modalidades de pago según las características del contrato y la actividad del trabajador.

El artículo 7° de la reglamentación detalla que el fondo debe seguir ciertos principios:

  1. Sustitución de la indemnización por antigüedad: El fondo reemplaza la indemnización contemplada en la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, asegurando que el trabajador reciba una compensación justa por la terminación de su contrato.
  2. Acuerdo inicial: Al inicio de una nueva relación laboral, el trabajador y el empleador deben acordar si regirán su relación por el fondo de cese o por el sistema tradicional.
  3. Flexibilidad en el acuerdo: Si ambas partes acuerdan regirse por el fondo, esta decisión puede ser modificada posteriormente, pero solo mediante un acuerdo escrito.
  4. Multitud de sistemas posibles: Los Convenios Colectivos de Trabajo pueden establecer diferentes modalidades del fondo, según el tipo y características de la empresa, siempre respetando los parámetros establecidos por la reglamentación.
  5. Cese por mutuo acuerdo: En caso de que el empleador y el trabajador acuerden terminar la relación laboral de manera consensuada, el pago de una suma de dinero podrá efectuarse bajo las metodologías del fondo de cese, sin perjuicio de cualquier otro pago adicional que se acuerde.

Modalidades del Fondo de Cese Laboral

El artículo 9° establece las distintas formas en las que se podrá constituir el fondo de cese. Estas modalidades incluyen:

  1. Sistema de cancelación individual: El empleador abona directamente al trabajador las sumas correspondientes al cese laboral.
  2. Fondo de cese individual o colectivo: Se crea un fondo común al cual los empleadores aportan mensualmente, de manera similar al sistema utilizado en la construcción.
  3. Sistema de seguro individual o colectivo: Se utiliza un sistema de seguro que cubre al trabajador en caso de despido.

El artículo 11° también permite la administración de estos fondos bajo diferentes regímenes, tales como cuentas bancarias de cese laboral, fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros. Esto ofrece mayor seguridad y respaldo financiero para asegurar que los trabajadores reciban sus pagos de manera oportuna.

Aportes Obligatorios y Voluntarios

Una de las claves de este nuevo sistema es la posibilidad de que, mediante un convenio colectivo, el empleador y el trabajador acuerden la integración de un aporte mensual obligatorio a una cuenta bancaria especial de cese, en reemplazo de la indemnización tradicional. Esta cuenta podrá utilizarse para pagar al trabajador las sumas resultantes en caso de que la relación laboral termine, garantizando que el trabajador no pierda sus derechos indemnizatorios.

Este mecanismo de cuentas bancarias o fondos comunes garantiza que, incluso en sectores con alta rotación o con una relación laboral más inestable, el trabajador reciba una compensación justa al finalizar su contrato.

Una Reforma Controversial

La reglamentación del Fondo de Cese Laboral ha sido motivo de debate entre los diferentes sectores involucrados. Mientras que algunos lo ven como una medida que moderniza el sistema de indemnización, otros han expresado su preocupación por las posibles implicancias para los derechos laborales.

Pablo Moyano, uno de los líderes sindicales más importantes de Argentina, calificó la reforma como “una cagada” y advirtió sobre la posibilidad de un paro nacional del transporte en rechazo a las medidas implementadas por el gobierno. A pesar de estas críticas, el secretario de Trabajo, Julio Cordero, destacó que el fondo es una opción voluntaria y consensuada, diseñada para mejorar la relación entre empresarios y trabajadores.

Por su parte, el economista Federico Sturzenegger, quien ha sido un firme defensor de la reforma laboral, expresó su entusiasmo por esta innovación: “Es un artículo muy importante porque le permite tanto a los trabajadores como a los empresarios redefinir la naturaleza de la relación laboral en todo lo que atañe a la indemnización, uno de los puntos clave de la incertidumbre laboral y del costo laboral en la Argentina”.

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