La justicia declara inválidos seis artículos del DNU.

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En un fallo de la justicia laboral de primera instancia, la jueza Liliana Rodríguez Fernández declaró la invalidez de seis artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) emitido por el gobierno de Javier Milei, el cual buscaba la desregulación económica.

Puntos declarados inválidos.

La magistrada resolvió invalidar los artículos 73, 79, 86, 87, 88 y 97 del DNU 70/2023, que abordaban temas como las condiciones de retención de la cuota sindical, reglas para la negociación colectiva, vigencia de cláusulas obligacionales, incorporación de nuevos artículos a la ley 23551 y regulación de servicios esenciales en conflictos colectivos.

Condiciones de la invalidez.

Aunque la jueza declaró la invalidez de estos artículos, señaló que gozarán de validez formal si son ratificados por ambas Cámaras dentro del período de sesiones extraordinarias en curso. En caso contrario, cesará su vigencia de pleno derecho.

Fundamentos del fallo.

En su resolución de 10 páginas, la jueza argumentó que la necesidad y urgencia de la reforma propuesta no estaba debidamente justificada. Destacó que el Poder Ejecutivo incorporó la cuestión de la ratificación del DNU en las sesiones extraordinarias, pero no se demostró la urgencia invocada. Además, indicó que las reformas propuestas no parecen tener un impacto inmediato en los problemas macroeconómicos invocados en el decreto.

Reacción de la CGT.

La Confederación General del Trabajo (CGT) presentó la acción de amparo que llevó a este fallo, en el marco de su protesta y paro nacional contra el DNU 70/2023. El fallo representa un revés para la política de desregulación laboral impulsada por el gobierno de Milei.

Este acontecimiento marca un capítulo en el debate entre el gobierno y los sindicatos sobre las medidas económicas y laborales implementadas, resaltando la importancia del sistema judicial en la revisión y equilibrio de estas decisiones.

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