Condenan a tres años de prisión a un empresario tras el fatal accidente que cobró la vida de un militar y su hijo

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Matías Piattoni, empresario correntino, ha sido sentenciado a tres años de prisión efectiva y diez años de inhabilitación para conducir vehículos motorizados tras su culpabilidad en un trágico accidente que resultó en la muerte del cabo del Ejército argentino Ángel González, de 32 años, y su hijo Mateo, de 12, en febrero de 2021. El acuerdo de condena fue homologado por el Tribunal Oral Penal N°2, integrado por los jueces Juan José Cochia, Ariel Héctor Azcona y Román Esquivel.

Piattoni se declaró culpable del delito de «homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de un vehículo automotor, bajo los efectos de estupefacientes, con un nivel de alcoholemia superior a un gramo por litro de sangre, en exceso de velocidad de más de 30 km por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho, sin estar habilitado para conducir por autoridad competente, siendo más de una las víctimas fatales». El empresario también deberá abonar la totalidad de los gastos por honorarios y otros que surgieran del proceso.

El trágico accidente ocurrió durante la madrugada del sábado 13 de febrero de 2021, cuando Piattoni regresaba a Corrientes acompañado de una mujer a bordo de su Ford Mustang. En la Ruta Nacional 12, chocó de frente con la motocicleta en la que se trasladaban González y su hijo, quienes fallecieron instantáneamente. La investigación reveló que Piattoni manejaba bajo los efectos del alcohol y las metanfetaminas, además de exceder el límite de velocidad permitido.

Inicialmente imputado por doble homicidio con dolo eventual, Piattoni fue liberado después de que la Cámara de Apelaciones de Corrientes modificara la carátula del caso a «homicidio culposo». El juicio concluyó tras un acuerdo entre las partes, donde Piattoni expresó su pesar y pidió perdón a la familia de las víctimas. La sentencia establece que cumplirá la condena en un establecimiento carcelario común, sin posibilidad de beneficios relacionados con salidas transitorias o modalidades de cumplimiento alternativas durante al menos 18 meses.

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